Ser autónomo en España implica asumir una serie de responsabilidades fiscales, administrativas y laborales. Sin embargo, si por cualquier razón has decidido dejar de ejercer tu actividad, es fundamental que realices correctamente todos los trámites para darte de baja como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social. Un error en este proceso puede derivar en sanciones o cobros indebidos.
A continuación, exploramos en detalle cada uno de los pasos necesarios, requisitos y plazos que debes considerar para finalizar tu actividad como trabajador por cuenta propia sin complicaciones.
Índice
Requisitos previos antes de solicitar la baja
Antes de proceder con la baja, debes asegurarte de cumplir con las siguientes condiciones:
- No tener deudas pendientes con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social. Si hay pagos atrasados, es recomendable regularizarlos antes de iniciar el trámite.
- Presentar todas las declaraciones fiscales obligatorias correspondientes a tu actividad. Esto incluye el IVA, el IRPF o cualquier otro impuesto aplicable.
- Asegurarte de que no quedan facturas pendientes y comunicar a tus clientes y proveedores el cese de tu actividad.
- Si has estado cotizando para la prestación por cese de actividad, deberá justificarse la baja por motivos económicos significativos.
Paso a paso: cómo darse de baja como autónomo
1. Darte de baja en Hacienda
Lo primero que debes hacer es comunicar el fin de tu actividad mediante la presentación del modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria. Este trámite puede realizarse de forma presencial en sus oficinas o a través de la sede electrónica.
- Accede a la web de la Agencia Tributaria.
- Dirígete a la sección de ‘Censos, NIF y domicilio fiscal’.
- Selecciona la opción correspondiente para la baja como autónomo.
- Rellena el modelo 036 o 037, indicando la fecha exacta del cese de actividad.
- Envía la documentación y guarda el comprobante de presentación.
2. Darse de baja en la Seguridad Social
Después de notificar tu cese a Hacienda, debes tramitar la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de la Seguridad Social.
- Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social con tu certificado digital.
- Dirígete a la opción ‘Baja en RETA’ dentro del apartado de afiliación y modificaciones.
- Rellena el modelo TA.0521 con tus datos y la fecha de cese.
- Confirma la solicitud y guarda el justificante.
Plazos para tramitar la baja como autónomo
Es importante cumplir con los tiempos establecidos para cada organismo:
- Hacienda: dispones de 30 días desde el cese para presentar la baja.
- Seguridad Social: el plazo es de 3 días desde la finalización de la actividad, aunque se puede avisar con hasta 60 días de antelación.
¿Cómo comprobar que la baja ha sido procesada?
Para verificar que tu solicitud ha sido aprobada y no continúas dado de alta como autónomo, puedes hacerlo de la siguiente manera:
- Entra en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Accede al apartado de ‘Informes y Certificados’.
- Consulta el ‘Informe de situación actual del trabajador’.
En este documento aparecerá tu estado actualizado y podrás asegurarte de que no continúas cotizando.
Obligaciones fiscales tras la baja
Aunque te hayas dado de baja, sigues teniendo algunas obligaciones con Hacienda:
- Debes presentar la liquidación trimestral y anual del IVA y el IRPF del período en el que tuviste actividad.
- Es imprescindible guardar tu documentación contable como facturas y justificantes durante al menos 4 años.
Acceder a la prestación por cese de actividad
Si has cotizado lo suficiente, puedes solicitar la prestación por cese de actividad. Para ello:
- Debes haber cotizado al menos un año dentro de los últimos 24 meses.
- Justificar el cese de actividad con razones económicas.
- La prestación es el 70% de la base de cotización y su duración depende del tiempo cotizado.
Desde 4 meses hasta 24 meses, dependiendo de los meses cotizados en los últimos años.
Una vez finalices todos estos pasos, habrás completado correctamente tu baja como autónomo sin dejar cabos sueltos. Mantente informado para evitar posibles sanciones y, en caso de duda, consulta con un asesor para asegurarte de que todo está en orden.